En todo caso, el empresario informará a dichos jóvenes y a sus padres o tutores que hayan intervenido en la contratación, conforme a lo dispuesto en la pago b) del artículo 7 del texto refundido de la índole del Estatuto de los Trabajadores aceptado por el Existente Decreto legislador 1/1995, https://medinaempresarialsst.com/analisis-puesto-de-trabajo/